Modelo D6
Re: Modelo D6
Gracias a este hilo me enteré de la existencia del modelo D6 (y relacionadamente, el modelo 720), desafortunadamente con (mucho) retraso. Pensaba, equivocadamente, que al ser todo dentro de la Unión Europea no habría problema...
En 2018 metí dinero en fondos indexados con domicilio en Irlanda. La empresa que los lleva tiene sede en Irlanda y que yo sepa no tiene presencia en España. Por lo tanto, tenía que haber rellenado el D6 en enero de 2019 y no lo hice. También tenía que haber completado el 720 entre enero y marzo de 2019 y no lo hice.
Así que, ahora en febrero 2020, he hecho el D6 y el 720 que tenía que haber hecho en 2019, y también el 720 de 2020 (creo que no corresponde hacer un D6 esta vez porque, aunque hice un reembolso durante 2019, no constituye un "flujo" porque mi participación dista muchísimo de formar 10% del capital de los fondos — a lo mejor es 0,0000001% — y es muy por debajo de los 1,5m euros).
Dedos cruzados que no me apliquen unas sanciones brutales (ten en cuenta que todos estos errores he cometido doblemente, con mi pareja, porque estamos casados en gananciales)... sería una lección muy dura para uno que acaba de iniciarse en el mundo de los fondos de inversión. Evidentemente, no hubo ninguna intención de defraudar, y tampoco se ha sacado ningún beneficio fiscal (habrá impuestos que pagar debido a la plusvalía en el fondo que liquidé en 2019, pero creo — o creía — que tocaba pagarlos cuando se haga la declaración de la renta este año).
En 2018 metí dinero en fondos indexados con domicilio en Irlanda. La empresa que los lleva tiene sede en Irlanda y que yo sepa no tiene presencia en España. Por lo tanto, tenía que haber rellenado el D6 en enero de 2019 y no lo hice. También tenía que haber completado el 720 entre enero y marzo de 2019 y no lo hice.
Así que, ahora en febrero 2020, he hecho el D6 y el 720 que tenía que haber hecho en 2019, y también el 720 de 2020 (creo que no corresponde hacer un D6 esta vez porque, aunque hice un reembolso durante 2019, no constituye un "flujo" porque mi participación dista muchísimo de formar 10% del capital de los fondos — a lo mejor es 0,0000001% — y es muy por debajo de los 1,5m euros).
Dedos cruzados que no me apliquen unas sanciones brutales (ten en cuenta que todos estos errores he cometido doblemente, con mi pareja, porque estamos casados en gananciales)... sería una lección muy dura para uno que acaba de iniciarse en el mundo de los fondos de inversión. Evidentemente, no hubo ninguna intención de defraudar, y tampoco se ha sacado ningún beneficio fiscal (habrá impuestos que pagar debido a la plusvalía en el fondo que liquidé en 2019, pero creo — o creía — que tocaba pagarlos cuando se haga la declaración de la renta este año).
Última edición por Bogueljed el Mar Feb 25, 2020 12:08, editado 1 vez en total.
Re: Modelo D6
Pero el tema no es el domicilio del fondo si no el del banco/broker donde los tienes comprados. BNP, SelfBank, R4, Openbank, etc entidades con domicilio en España no requieren de los modelos. DeGiro, IB, y demás entidades fuera de España SI requieren. Sabes cómo te digo? Entiendo que ya lo sabes, pero merece la pena que te lo diga otra vez por si acaso 
- BogleAstronaut
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Re: Modelo D6
Voy más alláNi_idea_debolsa escribió: ↑Sab May 11, 2019 17:23 La respuesta la tengo clara pero... por confirmar, que he visto este tema de pasada...
en Selfbank, BNP investors, robo advisors Españoles.... aqui no hay que hacer nada de nada del modelo D6 o el modelo 720 ni nada porque son Españoles y ya informan de los fondos amundi, vanguard y similares
¿correcto?

Un tipo que no llegue a 10.000 euros de salario anual y haya obtenido ganancias por menos de 500 euros a través de algún tipo de etf ofrecido por un broker español, no tendría ni que hacer la declaración de la renta? Es decir, no estaría obligado?
Me llama bastante la atención el pifostio que hay que montar en España si tienes un broker extranjero (De giro por ejemplo) con el tema del 720, el d6 y la propia renta en sí. Y me parece increíble las multas que se pueden llegar a pagar si te equivocas en algún dato. Y ya no digamos si se te olvida presentarlo.
Desde la ignorancia más absoluta sobre el tema, pregunto: esto por qué es así? Se trata de una especie de traba que le ponen a los brokers extranjeros para operar en España?
Re: Modelo D6
Hola Nefasto,Nefasto escribió: ↑Dom Abr 26, 2020 00:08Voy más alláNi_idea_debolsa escribió: ↑Sab May 11, 2019 17:23 La respuesta la tengo clara pero... por confirmar, que he visto este tema de pasada...
en Selfbank, BNP investors, robo advisors Españoles.... aqui no hay que hacer nada de nada del modelo D6 o el modelo 720 ni nada porque son Españoles y ya informan de los fondos amundi, vanguard y similares
¿correcto?![]()
Un tipo que no llegue a 10.000 euros de salario anual y haya obtenido ganancias por menos de 500 euros a través de algún tipo de etf ofrecido por un broker español, no tendría ni que hacer la declaración de la renta? Es decir, no estaría obligado?
Me llama bastante la atención el pifostio que hay que montar en España si tienes un broker extranjero (De giro por ejemplo) con el tema del 720, el d6 y la propia renta en sí. Y me parece increíble las multas que se pueden llegar a pagar si te equivocas en algún dato. Y ya no digamos si se te olvida presentarlo.
Desde la ignorancia más absoluta sobre el tema, pregunto: esto por qué es así? Se trata de una especie de traba que le ponen a los brokers extranjeros para operar en España?
Si realizas operaciones en bolsa estás obligado a realizar la declaración, con lo cual para alguien que cobre muy poco salario tener que realizar la declaración por cuatro operaciones de bolsa puede ser un buen engorro, por ejemplo alguien joven con contratos miserables de una ETT que cobre poco y le retengan un 2%, si realiza una compra venta de Telefonica que le genere beneficios o perdidas (da igual) le obligará a hacer la declaración y tendrá que tributar la diferencia entre esa retención del 2% que le han practicado y la que debería haber pagado de cerca del 20%, en cambio si no operara en bolsa no tendría que hacer la declaración ya que no llega al mínimo de ingresos de 22.000. Con lo cual el perjuicio de operar en bolsa podría ser elevadísimo.
Los modelos informativos que se deben cumplimentar para brokers extranjeros no dudes que se establecieron para perjudicar a estas entidades y con afán recaudatorio, ya que al final la responsabilidad sobre la renta es solo tuya y si no declaras los rendimientos obtenidos en brokers extranjeros lo saben igualmente.
Saludos,
Re: Modelo D6
Esto es igual con el tema de los depósitos bancarios o cuentas remuneradas?DragonAge escribió: ↑Dom Abr 26, 2020 10:23 Si realizas operaciones en bolsa estás obligado a realizar la declaración, con lo cual para alguien que cobre muy poco salario tener que realizar la declaración por cuatro operaciones de bolsa puede ser un buen engorro, por ejemplo alguien joven con contratos miserables de una ETT que cobre poco y le retengan un 2%, si realiza una compra venta de Telefonica que le genere beneficios o perdidas (da igual) le obligará a hacer la declaración y tendrá que tributar la diferencia entre esa retención del 2% que le han practicado y la que debería haber pagado de cerca del 20%, en cambio si no operara en bolsa no tendría que hacer la declaración ya que no llega al mínimo de ingresos de 22.000. Con lo cual el perjuicio de operar en bolsa podría ser elevadísimo.
La verdad es que no tengo ni idea del tema, pero tenía entendido que, en un depósito, por ejemplo, simplemente pagabas el 19% respecto a los intereses (si eran menos de 6000 euros) y ya está.
Re: Modelo D6
Hola, en depósitos y cuentas remuneradas no, ya que hacienda si que tiene información de dichas operaciones, solo te obligan a realizar la declaración en caso de operaciones que ellos no tengan toda la información (en la compra venta de acciones es el usuario el encargado de calcular e informar los rendimientos) y debas ser tu quien lo añada, obviamente si tienes un broker extranjero estarás obligado a realizar la declaración sea cual sea el producto operado dado que hacienda no recibe información. Saludos 

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Re: Modelo D6
Llegó dos años tarde con el modelo D6 que desconocía por completo, para Enero del año que viene lo presento para unas miserables acciones que tengo en el "extranjero"
Entiendo que para fondos indexados en MyInvestor y cuentas remuneradas en bancos con Iban Español no hay que hacerlo
Entiendo que para fondos indexados en MyInvestor y cuentas remuneradas en bancos con Iban Español no hay que hacerlo
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Re: Modelo D6
Hola,
Una pregunta, nuestra empresa nos dio acciones via BNP Paribas, entiendo que aunque el contrato y el deposito de las acciones las haya hecho mi empresa al estar a mi nombre (residente en España) no hay que presentar el D6, verdad? Ya que se supone que con BNP en España no hace falta.
Muchas gracias, un saludo.
Una pregunta, nuestra empresa nos dio acciones via BNP Paribas, entiendo que aunque el contrato y el deposito de las acciones las haya hecho mi empresa al estar a mi nombre (residente en España) no hay que presentar el D6, verdad? Ya que se supone que con BNP en España no hace falta.
Muchas gracias, un saludo.
Re: Modelo D6
Hola Daniel,Danielmlopez escribió: ↑Lun Ene 06, 2020 17:46 Hola, gracias por toda la informacion que habeis puesto sobre el D6. En el caso de los REITs y del Money Market Fund en el que Degiro te pone el dinero no invertido, en que categoria habria que ponerlos en el apartado Valor.?
gracias y un saludo,
daniel
Ese dinero no invertido no hay que ponerlo en el modelo D6, o por lo menos yo no lo pongo ya que no esta invertido en ningún valor.
Si tienes de giro o ibkr he dado con esta web modelo d6 donde se genera automáticamente, merece la pena para ahorrarse tiempo y hacerlo bien.
Re: Modelo D6
Lo has probado? Si no borro la recomendación.zapard escribió: ↑Mar Ago 31, 2021 09:01Hola Daniel,Danielmlopez escribió: ↑Lun Ene 06, 2020 17:46 Hola, gracias por toda la informacion que habeis puesto sobre el D6. En el caso de los REITs y del Money Market Fund en el que Degiro te pone el dinero no invertido, en que categoria habria que ponerlos en el apartado Valor.?
gracias y un saludo,
daniel
Ese dinero no invertido no hay que ponerlo en el modelo D6, o por lo menos yo no lo pongo ya que no esta invertido en ningún valor.
Si tienes de giro o ibkr he dado con esta web modelo d6 donde se genera automáticamente, merece la pena para ahorrarse tiempo y hacerlo bien.
Re: Modelo D6
[mention]ClarkBo[/mention] afortunadamente el D6 ha pasado a mejor vida
Puedes mostrar tu agradecimiento aquí: https://ko-fi.com/crisau
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