El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Para debatir todo tipo de cuestiones, noticias y teoría de inversión Bogleheads® (no personales).
JGG
Mensajes: 162
Registrado: Jue Dic 17, 2020 16:23

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por JGG » Mié Dic 01, 2021 10:08

Veo que ha habido unos años recientes, 2012-2018, en los que se endureció el acceso a la Sanidad pública en España, pero en la década de los 90 era aún peor. En los años 90 en algunas comunidades autónomas había casos en los que denegaban el acceso a la Sanidad pública solo por no cotizar a la Seguridad Social. A gente a la que le pagaban el trabajo con una beca sin cotización a la Seguridad Social, un fraude de ley que en aquellas épocas era insólitamente común, mucho más que ahora, y los mayores defraudadores eran las universidades públicas y demás centros de investigación científica, que pagaban a la mano de obra más joven con becas durante cuatro, cinco, seis años... sigue ocurriendo, pero hasta hace 20 años era generalizado, era la norma en sectores como el que he mencionado. Y en algunas CCAA tenía como consecuencia que te denegaran la tarjeta de salud de la Sanidad Pública. En fin, es un asunto sobre el que efectivamente conviene estar informado.

Perdidito
Mensajes: 1
Registrado: Mié Dic 01, 2021 09:51

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por Perdidito » Mié Dic 01, 2021 11:43

Buenos días a todos.
Me ha impresionado MUCHO el nivel de este foro.
He de decir que llevo meses merodeando por diversos sitios sin encontrar respuestas a mis preguntas y aquí he visto lo que más se le aproxima.
No soy de escribir en foros y tampoco sé explicarme muy bien, si me leéis lo podréis comprobar.
Asunto: Tengo 56 años y 34,5 cotizados, 17 por cuenta ajena y los últimos como autónomo societario,siempre cotizando por el mínimo. En estos últimos 17 años y medio he tenido la suerte de ganar lo que para mí es mucho dinero, Pero de un tiempo a esta parte la empresa va en claro declive. Y a eso hay que añadirle que mi cabeza ya no aguanta más, mi trabajo es una lucha diaria con mi socio, mis empleados, los que nos proporcionan el trabajo y los clientes a los que realizamos el trabajo.
Yo siempre he sido una persona sencilla, vengo de una familia muy humilde y trabajadora y lo que he visto en mi casa es lo que yo he hecho a lo largo de mi vida, trabajar y ahorrar. No así mi socio, que a pesar de venir también de una familia humilde según ha ganado dinero lo ha fundido. Eso que se dice de la carrera de la rata... pues mi socio es el mayor ejemplo.
Me enteré por terceras personas que había montado una empresa igual a la nuestra y estaba intentando derivar el trabajo hacia ella, al parecer sin mucho éxito. En no sabe que lo sé.
Pero la gota que colmo el vaso fue cuando vi que a través de la tarjeta del banco estaba robando dinero, pequeñas cantidades, discretamente, pero robando. Tampoco sabe que lo sé, pero lo sospecha.
La suma de todo esto me lleva a plantearme al igual que a Boglemari66 a dejar de trabajar sabiendo que no encontraré trabajo en mi vida, pero es que o lo hago o me va a costar eso, la vida, ya he tenido varios ataques de ansiedad tomo pastillas para dormir y no soy feliz. Entre semana cuando llego a casa, me hablan, contesto con monosílabos y ni siquiera se lo que me han dicho o preguntado.

Mi situación es esta: Mi mujer trabaja con un sueldo medio en una fábrica en la que lleva muchos años. Pero no hay ninguna garantía, mucho menos ahora según está la situación, que vaya a ser así por mucho tiempo.
Tengo un hijo de 21 años que vive con nosotros y no tengo deuda alguna, una "buena" vivienda en propiedad ( único capricho que nos dimos) y 900.000 € ahorrados.
Ahora viene la cuestión. De los 900.000 € solamente tengo 100.000€ en indexa capital en una cartera 4/10. ¿Porque? Pues al igual que Urano 2021, miedo, ignorancia o la suma de ambos.
No hace mucho echando cuentas, en el supuesto de que ambos nos quedáramos sin trabajo y partiendo de 1900 € mensuales, calculando una inflación del 3% anual me salía que sin invertir podríamos vivir hasta mis 82 años (ella tiene 3 menos) dejando a mi hijo el día mañana únicamente la vivienda en herencia. Pero mira cómo está la inflación ahora y no sabemos cómo va a seguir en adelante.
Porque ese miedo a invertir?
Allá por el 2015 aconsejado por la directora de Ibercaja invertí en fondos unos 200,000 €. 2 años después había perdido 2000 €, gran parte en comisiones. De allí me fui a Renta 4. 2 años después exactamente lo mismo. Y de allí me fui Indexa capital aumentando hasta los 350.000 € la inversión. 2 años después llevaba algo más de un 10% de beneficio, perooooo llegó el bicho y como "buen inversor" en febrero saque prácticamente todo el dinero. A mí entender estuve ágil pues me fui con 19.000 € de beneficio, pero ya no lo estuve tanto para volver a entrar, porque sí, lo hice en abril, pero de este año.
Bueno, ahora que ya me conocéis mejor os pregunto, ¿QUE HAGO?.
He leído y pensado en todo. Inmobiliaria, indexados, dividendos... He leído tantos foros, tantos blog, tantas opiniones a favor y en contra de cada cosa que a veces me meto en páginas que ya he estado y ni siquiera me acuerdo de lo que leí.
A eso súmale el miedo al gran batacazo qué tantos expertos auguran, incluido Warren buffett qué al parecer tiene una burrada de millones guardados esperando el momento adecuado.

Ahora estoy aquí con casos similares al mío y con respuestas de un nivel que me alucinan.
Qué haríais vosotros en mi lugar?
Muchísimas gracias.

Avatar de Usuario
Boglemari_66
Mensajes: 5
Registrado: Jue Mar 11, 2021 22:12

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por Boglemari_66 » Jue Dic 02, 2021 23:15

albis escribió:
Mar Nov 30, 2021 11:35
Boglemari_66 escribió:
Mar Nov 30, 2021 00:48

Preguntas que os lanzo:
1.- ¿Cómo veis el plan en general? Factible? Mejorable? Puntos débiles?
2.- ¿Tenéis idea de cuánto me puede costar en EUR/año cotizar por mi cuenta en la SS por el máximo permitido?
3.- ¿Merece la pena el pago del punto 2? Si es así, ¿Durante cuántos años? 3-5-7?

Un saludo a todxs
1.- No tengo ni idea de tu situación patrimonial (por ejemplo si pagas alquiler o tienes vivienda en propiedad pagada) ni de tu nivel gasto anual. 500k para uno dan para una vida y para otro un lustro y aún, pero de entrada parece factible y más si tienes paro actualmente y después la ayuda de más de 52 años sin trabajo o alguna otra. Estoy con JGG que creo que enfocas mal el tema fiscal, te interesa muchísimo más vivir del PP que de tus fondos hasta la jubilación, y después será al revés, te interesa complementar con los fondos y no con el PP.
2.- No puedes pagar el máximo en un convenio, puedes pagar el 100% de SS que pagaba tu empresa hasta despedirte, ni un € más, y si estás en paro esperando más de un año desconozco si entonces el límite ya lo marca el paro o el trabajo que hacías, infórmate, y rápido si tu intención es pagar convenio. Para tener una orientación normalmente es un 30% de tu salario bruto. Si eras mileurista 300€ de SS/mes si cobrabas 2000€ brutos 600€ de SS/mes. Es una mera aproximación, en la SS te informaran y tienes calculadoras online de la propia SS que te ayudan en el cálculo (si dispones de DNI digital y entras en su web).
3.- Eso lo tienes que calcular tu con las calculadoras o yendo a tu gestor o la propia SS, depende de muchos factores personales. Pero yo te aconsejo la opción de que pagues siempre poco respecto a pagar el máximo 5 años por poner un ejemplo y parar (por temas de asistencia sanitaria y no salir del sistema). En tu caso sospecho (repito que para saber las cosas tendría que saber muchos más datos) que si pagas convenio siempre te podrás jubilar a los 65, y si no pagas a los 67. Por lo tanto, pagando el mínimo, solo 300€ al mes durante 10 años, te "regalan" dos años de pensión + un pequeño incremento de tu base para el resto de años que cobres pensión, si es así el negocio del siglo...para tí. Además pagar va a favor del punto 2 si vives de los PP, ya que se restará de las rentas del trabajo. Pagando el máximo según tu último trabajo vas a cobrar el 100% de pensión a la que tenías derecho, pero tienes que mirar bien si compensa la inversión alta que representa con lo que te devolveran, y el tiempo que tardarás a recuperar la inversión (no es lo mismo hacer las paces con la SS a los 75 que a los 90 años, y también tienes que valorar los años de espera que pasaría teniendo tu ese dinero invertido).
Muchas gracias, @albis y @JGG por vuestras respuestas.

Por supuesto, tengo previsto contactar con un gestor antes de que se me acabe el paro (a mediados de 2022), pero como buen Boglehead creo que es mi deber investigar, estudiar y tratar de entender la situación antes por mi cuenta. Y estos posts son parte de la investigación.

Concreto un poco más los 3 puntos anteriores porque además de venirme muy bien personalmente, creo que ayudamos mucho a toda la gente que lee el foro, y es que por cada uno que escribe hay 100 que leen (me incluyo!).

1.- Independencia Financiera: Digamos que me apañaría perfectamente con los típicos 20.000 EUR netos/año de muchos ejemplos, incluso con menos (@Depe, la guía está de lujo, eres un crack). No se mucho de fiscalidad, pero por lo que decís parece más interesante rescatar el PP antes de la jubilación. Supongo que porque una vez jubilado, lo rescatado del PP se suma a la pensión como rentas del trabajo, por lo que cotiza al marginal. Pero en la fase previa a la jubilación, ¿también es más interesante tirar de PP que de FI? Debemos comparar la fiscalidad de aprox. 20.000 EUR rescatados de PP vs aprox. 20.000 EUR reembolsados de FI (o un mix de ambos). En mi situación, soltero, sin hijos y con un IRPF normalito, sin grandes deducciones/reducciones, creo que los tipos del IRPF son bastante similares al 19-21% al que tributarían las ganancias patrimoniales de los FI, o me pierdo algo? Y en cuanto al mínimo del contribuyente de aprox. 11.000 EUR, aplicaría en ambos casos, no? Tanto tirando de PP como de FI.

Con tu respuesta, la de JGG y mis propios cálculos creo que coincidimos en que es factible en mi situación vivir sin trabajar pero... el diablo está en los detalles así que vayamos a los puntos siguientes.

2.- Convenio SS: Como he dicho, tengo 30+ años cotizados, calculo que los últimos 15-20 por el máximo. Y ahora que estoy en el paro, también estoy cotizando por el máximo. No es que lo haya solicitado yo, lo hace el SEPE automáticamente en función de la vida laboral de cada uno y me parece perfecto. En mi caso se cobra menos de paro (910 EUR/mes en 12 pagas) pero el dinero va a la cotización de la SS. He estado investigando en la web de la SS, y como dice albis, en caso de querer pagar uno mismo el convenio se debe hacer en los meses siguientes a dejar de cobrar el paro, no se puede esperar mucho. Tampoco se puede cotizar convenio mientras se está en el paro, hay que esperar a que éste se acabe o a empezar a trabajar (se puede pagar convenio para suplementar la cotización a la SS de un sueldo bajo). Respecto a lo que costaría dicha cotización, si la pensión máxima actual es aprox. 38.500 EUR brutos/año, con la regla del 30% estaríamos hablando de aprox. 11.600 EUR/año para cotizar por el máximo. Una pasta. Lo cual nos lleva al punto 3.

3.- Cotizaciones: Mi idea era y sigue siendo hacer lo posible para cobrar la pensión máxima cuando me jubile, ya que me parece una pena tirar por la borda tantos años cotizados por el máximo. Pero puede que haya que cambiar de estrategia... Porque si desde los 56 a los 67 años cotizo por el mínimo, ¿no se me "diluye" lo cotizado previamente? Si al jubilarte se toman los últimos 25 años cotizados, van a salir 11 años por el mínimo y 14 años por el máximo. Y qué pasa si no cotizo nada desde los 56 a los 67? Esos años cuentan o no? Esto es, se tomarían como 11 años cotizados a cero o se descontarían y se irían a los 30+ cotizados?


Perdonadme por este post tan largo, no he tenido tiempo de hacerlo más corto (Blaise Pascal).
"It's not about timing the market, but about time in the market."

JGG
Mensajes: 162
Registrado: Jue Dic 17, 2020 16:23

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por JGG » Vie Dic 03, 2021 08:34

Boglemari_66 escribió:
Jue Dic 02, 2021 23:15
1.- Independencia Financiera: Digamos que me apañaría perfectamente con los típicos 20.000 EUR netos/año de muchos ejemplos, incluso con menos (@Depe, la guía está de lujo, eres un crack). No se mucho de fiscalidad, pero por lo que decís parece más interesante rescatar el PP antes de la jubilación. Supongo que porque una vez jubilado, lo rescatado del PP se suma a la pensión como rentas del trabajo, por lo que cotiza al marginal. Pero en la fase previa a la jubilación, ¿también es más interesante tirar de PP que de FI? Debemos comparar la fiscalidad de aprox. 20.000 EUR rescatados de PP vs aprox. 20.000 EUR reembolsados de FI (o un mix de ambos). En mi situación, soltero, sin hijos y con un IRPF normalito, sin grandes deducciones/reducciones, creo que los tipos del IRPF son bastante similares al 19-21% al que tributarían las ganancias patrimoniales de los FI, o me pierdo algo? Y en cuanto al mínimo del contribuyente de aprox. 11.000 EUR, aplicaría en ambos casos, no? Tanto tirando de PP como de FI.
Voy a intentar explicar cómo veo yo esto de la fiscalidad partiendo de unas simplificaciones y poniendo unos ejemplos teóricos (teóricos, pero relacionados con tu situación particular).

Las retiradas de planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo por el 100% del dinero retirado. Voy a suponer que hay un único tramo en el IRPF del 19% (es una simplificación).

Las retiradas de fondos de inversión no tributan por el 100% del dinero retirado, sino por las plusvalías de las participaciones reembolsadas de esos fondos. Voy a suponer que todos tus FI tienen una rentabilidad del 100% (otra simplificación) y por tanto solo tributarás por el 50% del dinero retirado (si retiras 100 euros, 50 euros son plusvalía y 50 euros no lo son, por estos últimos 50 euros has obtenido una rentabilidad del 100%, es decir, los 50 euros de la plusvalía, has duplicado el dinero inicial). También voy a suponer que solo hay un tramo de tributación y que es del 19%.

Las últimas simplificaciones que voy a hacer son que el mínimo del contribuyente es de 11.000 euros y que no hay deducciones, ni reducciones, etc.

Supongo que primero hay un periodo en el que no hay más rentas (se ha extinguido la prestación por desempleo y todavía no tienes pensión de jubilación de la Seguridad Social).

Ejemplo 1. Retiras 20.000 euros de fondos. De ahí, solo tributas por las plusvalías, que son 0,5*20.000, igual a 10.000 euros (recuérdese la suposición que he hecho arriba de que la rentabilidad de los fondos es del 100% y por tanto la plusvalía por la que se tributa es la mitad del dinero retirado). Como no llegas al mínimo del contribuyente, que he supuesto que son 11.000 euros, la agencia tributaria te devolverá todo el dinero retenido por la comercializadora cuando presentes la declaración del IRPF en la primavera del año siguiente. No tributas nada en ese año, pero a cambio te dejas mucho por tributar en años posteriores, quizá en condiciones peores.

Ejemplo 2. Retiras 20.000 del plan de pensiones. Suponemos que no hay penalización. Tributas por los 9.000 euros en que excedes el mínimo exento: 1.710 euros con las simplificaciones que he hecho (explicadas arriba). Te sale un tipo efectivo del IRPF del 8,55%.

Ejemplo 3. Retiras 18.000 euros de fondos y 2.000 euros de planes de pensiones. Tributarías por 9.000 euros de fondos (la plusvalía) y por los 2.000 euros retirados del plan de pensiones. Como el mínimo exento es de 11.000 euros, no tributas nada.

¿Cuál es la ventaja del ejemplo 3? Que has aprovechado al máximo el mínimo del contribuyente y te has quitado 2.000 euros de los planes de pensiones sin tributar por ello (y evitando así tributar por ello en el futuro, porque ya lo has retirado).

¿Cuál podría ser la ventaja del ejemplo 2 sobre el ejemplo 1? Esto es más complicado. Primero la desventaja: los euros pagados en impuestos hoy hacen más daño que esos mismos euros pagados en impuestos dentro de 15 años. La ventaja podría ser que, si relees el ejemplo 2, sale un tipo efectivo del IRPF del 8,55%. Por el contrario, dentro de 15 años, cuando tengas una pensión de jubilación que superará por sí sola el mínimo exento, el tipo efectivo del IRPF sobre el dinero retirado será mayor que si lo retiras cuando no tienes otras rentas.

Avatar de Usuario
Boglemari_66
Mensajes: 5
Registrado: Jue Mar 11, 2021 22:12

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por Boglemari_66 » Sab Dic 04, 2021 00:17

urano2021 escribió:
Mar Nov 30, 2021 11:19

Por lo tanto lo que ya tengo "invertido" ha venido de herencia por así decirlo, el piso modesto alquilado fue de mis padres y las acciones de Iberdrola las tengo también de la previsión de mis padres que durante mi niñez y adolescencia me fueron comprando.Empezaron en1983 cuando valía la acción 0.25 euros.
Un humilde consejo a @urano2021 y a todxs los que tengáis acciones: Deshaceos de ellas cuanto antes. Ni desde el punto de vista de rentabilidad/riesgo, ni de liquidez, ni de costes son comparables a un buen fondo pasivo indexado de bajo coste. Si tus padres hubieran invertido ese mismo capital en un MSCI World de la época (que no era posible), seguro que duplicaría o triplicaría el valor de tus acciones hoy.

Yo tuve acciones de Iberdrola, Repsol, BBVA, etc. (los blue chips de los 90) y doy gracias todos los días por haberme deshecho de ellas. Creo que muchos de nosotros empezamos en el mundo de la inversión con acciones, para pasar luego a los fondos de inversión, de ahí a los indexados y finalmente a los indexados de bajo coste (Vanguard a ser posible, jie, jie).

Este artículo explica por qué deshacerse de las acciones en pérdidas, pero creo que es válido para todas las acciones:
https://www.ing.es/inversion/acciones-c ... 2-na-btn_2
"It's not about timing the market, but about time in the market."

Avatar de Usuario
Boglemari_66
Mensajes: 5
Registrado: Jue Mar 11, 2021 22:12

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por Boglemari_66 » Sab Dic 04, 2021 00:50

JGG escribió:
Vie Dic 03, 2021 08:34
Boglemari_66 escribió:
Jue Dic 02, 2021 23:15
1.- Independencia Financiera: Digamos que me apañaría perfectamente con los típicos 20.000 EUR netos/año de muchos ejemplos, incluso con menos (@Depe, la guía está de lujo, eres un crack). No se mucho de fiscalidad, pero por lo que decís parece más interesante rescatar el PP antes de la jubilación. Supongo que porque una vez jubilado, lo rescatado del PP se suma a la pensión como rentas del trabajo, por lo que cotiza al marginal. Pero en la fase previa a la jubilación, ¿también es más interesante tirar de PP que de FI? Debemos comparar la fiscalidad de aprox. 20.000 EUR rescatados de PP vs aprox. 20.000 EUR reembolsados de FI (o un mix de ambos). En mi situación, soltero, sin hijos y con un IRPF normalito, sin grandes deducciones/reducciones, creo que los tipos del IRPF son bastante similares al 19-21% al que tributarían las ganancias patrimoniales de los FI, o me pierdo algo? Y en cuanto al mínimo del contribuyente de aprox. 11.000 EUR, aplicaría en ambos casos, no? Tanto tirando de PP como de FI.
Voy a intentar explicar cómo veo yo esto de la fiscalidad partiendo de unas simplificaciones y poniendo unos ejemplos teóricos (teóricos, pero relacionados con tu situación particular).

Las retiradas de planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo por el 100% del dinero retirado. Voy a suponer que hay un único tramo en el IRPF del 19% (es una simplificación).

Las retiradas de fondos de inversión no tributan por el 100% del dinero retirado, sino por las plusvalías de las participaciones reembolsadas de esos fondos. Voy a suponer que todos tus FI tienen una rentabilidad del 100% (otra simplificación) y por tanto solo tributarás por el 50% del dinero retirado (si retiras 100 euros, 50 euros son plusvalía y 50 euros no lo son, por estos últimos 50 euros has obtenido una rentabilidad del 100%, es decir, los 50 euros de la plusvalía, has duplicado el dinero inicial). También voy a suponer que solo hay un tramo de tributación y que es del 19%.

Las últimas simplificaciones que voy a hacer son que el mínimo del contribuyente es de 11.000 euros y que no hay deducciones, ni reducciones, etc.

Supongo que primero hay un periodo en el que no hay más rentas (se ha extinguido la prestación por desempleo y todavía no tienes pensión de jubilación de la Seguridad Social).

Ejemplo 1. Retiras 20.000 euros de fondos. De ahí, solo tributas por las plusvalías, que son 0,5*20.000, igual a 10.000 euros (recuérdese la suposición que he hecho arriba de que la rentabilidad de los fondos es del 100% y por tanto la plusvalía por la que se tributa es la mitad del dinero retirado). Como no llegas al mínimo del contribuyente, que he supuesto que son 11.000 euros, la agencia tributaria te devolverá todo el dinero retenido por la comercializadora cuando presentes la declaración del IRPF en la primavera del año siguiente. No tributas nada en ese año, pero a cambio te dejas mucho por tributar en años posteriores, quizá en condiciones peores.

Ejemplo 2. Retiras 20.000 del plan de pensiones. Suponemos que no hay penalización. Tributas por los 9.000 euros en que excedes el mínimo exento: 1.710 euros con las simplificaciones que he hecho (explicadas arriba). Te sale un tipo efectivo del IRPF del 8,55%.

Ejemplo 3. Retiras 18.000 euros de fondos y 2.000 euros de planes de pensiones. Tributarías por 9.000 euros de fondos (la plusvalía) y por los 2.000 euros retirados del plan de pensiones. Como el mínimo exento es de 11.000 euros, no tributas nada.

¿Cuál es la ventaja del ejemplo 3? Que has aprovechado al máximo el mínimo del contribuyente y te has quitado 2.000 euros de los planes de pensiones sin tributar por ello (y evitando así tributar por ello en el futuro, porque ya lo has retirado).

¿Cuál podría ser la ventaja del ejemplo 2 sobre el ejemplo 1? Esto es más complicado. Primero la desventaja: los euros pagados en impuestos hoy hacen más daño que esos mismos euros pagados en impuestos dentro de 15 años. La ventaja podría ser que, si relees el ejemplo 2, sale un tipo efectivo del IRPF del 8,55%. Por el contrario, dentro de 15 años, cuando tengas una pensión de jubilación que superará por sí sola el mínimo exento, el tipo efectivo del IRPF sobre el dinero retirado será mayor que si lo retiras cuando no tienes otras rentas.
Perfectamente claro @JGG. Me parece que un mix de PP/FI (ejemplo 3), quizá inicialmente con mayor porcentaje del PP, sería lo mejor por varias razones. En primer lugar porque de esta manera podría ir ajustando los porcentajes año a año para poder llegar a la jubilación con cero euros en el PP. Por otra parte, sospecho que voy a necesitar tirar de los FI, porque es posible que solo con el PP no me alcance. Y en tercer lugar, nunca se sabe, en el futuro podría haber cambios en la normativa fiscal, de los PP o de los FI que hagan repensar la situación.
"It's not about timing the market, but about time in the market."

albis
Mensajes: 73
Registrado: Sab Mar 16, 2019 09:37

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por albis » Dom Dic 05, 2021 18:10


Muchas gracias, @albis y @JGG por vuestras respuestas.

Por supuesto, tengo previsto contactar con un gestor antes de que se me acabe el paro (a mediados de 2022), pero como buen Boglehead creo que es mi deber investigar, estudiar y tratar de entender la situación antes por mi cuenta. Y estos posts son parte de la investigación.

Concreto un poco más los 3 puntos anteriores porque además de venirme muy bien personalmente, creo que ayudamos mucho a toda la gente que lee el foro, y es que por cada uno que escribe hay 100 que leen (me incluyo!).

1.- Independencia Financiera: Digamos que me apañaría perfectamente con los típicos 20.000 EUR netos/año de muchos ejemplos, incluso con menos (@Depe, la guía está de lujo, eres un crack). No se mucho de fiscalidad, pero por lo que decís parece más interesante rescatar el PP antes de la jubilación. Supongo que porque una vez jubilado, lo rescatado del PP se suma a la pensión como rentas del trabajo, por lo que cotiza al marginal. Pero en la fase previa a la jubilación, ¿también es más interesante tirar de PP que de FI? Debemos comparar la fiscalidad de aprox. 20.000 EUR rescatados de PP vs aprox. 20.000 EUR reembolsados de FI (o un mix de ambos). En mi situación, soltero, sin hijos y con un IRPF normalito, sin grandes deducciones/reducciones, creo que los tipos del IRPF son bastante similares al 19-21% al que tributarían las ganancias patrimoniales de los FI, o me pierdo algo? Y en cuanto al mínimo del contribuyente de aprox. 11.000 EUR, aplicaría en ambos casos, no? Tanto tirando de PP como de FI.

Con tu respuesta, la de JGG y mis propios cálculos creo que coincidimos en que es factible en mi situación vivir sin trabajar pero... el diablo está en los detalles así que vayamos a los puntos siguientes.

2.- Convenio SS: Como he dicho, tengo 30+ años cotizados, calculo que los últimos 15-20 por el máximo. Y ahora que estoy en el paro, también estoy cotizando por el máximo. No es que lo haya solicitado yo, lo hace el SEPE automáticamente en función de la vida laboral de cada uno y me parece perfecto. En mi caso se cobra menos de paro (910 EUR/mes en 12 pagas) pero el dinero va a la cotización de la SS. He estado investigando en la web de la SS, y como dice albis, en caso de querer pagar uno mismo el convenio se debe hacer en los meses siguientes a dejar de cobrar el paro, no se puede esperar mucho. Tampoco se puede cotizar convenio mientras se está en el paro, hay que esperar a que éste se acabe o a empezar a trabajar (se puede pagar convenio para suplementar la cotización a la SS de un sueldo bajo). Respecto a lo que costaría dicha cotización, si la pensión máxima actual es aprox. 38.500 EUR brutos/año, con la regla del 30% estaríamos hablando de aprox. 11.600 EUR/año para cotizar por el máximo. Una pasta. Lo cual nos lleva al punto 3.

3.- Cotizaciones: Mi idea era y sigue siendo hacer lo posible para cobrar la pensión máxima cuando me jubile, ya que me parece una pena tirar por la borda tantos años cotizados por el máximo. Pero puede que haya que cambiar de estrategia... Porque si desde los 56 a los 67 años cotizo por el mínimo, ¿no se me "diluye" lo cotizado previamente? Si al jubilarte se toman los últimos 25 años cotizados, van a salir 11 años por el mínimo y 14 años por el máximo. Y qué pasa si no cotizo nada desde los 56 a los 67? Esos años cuentan o no? Esto es, se tomarían como 11 años cotizados a cero o se descontarían y se irían a los 30+ cotizados?


Perdonadme por este post tan largo, no he tenido tiempo de hacerlo más corto (Blaise Pascal).
1. Los tramos de irpf son:

Desde 0€ hasta 12.450€ 19%
Dese 12.450€ hasta 20.200€ 24%
Desde 20.200€ hasta 35.200€ 30%
Desde 35.200€ hasta 60.000€ 37%

Aquí da juego el tema de mínimo personal que para cada persona puede ser diferente, solo que tengas a cargo una persona mayor con discapacidad etc te puede cambiar.

Precisamente la diferencia es a partir de 20k, si sacas el PP cuando cobres una buena pension a los 65 o 67 es fácil que pagues un 30 o 37% por cada € sacado, en cambio ahora o no pagarás nada (si no llegas al mínimo personal) o poco (tramos 19% o 24%). En cambio en los fondos siempre vas a pagar cerca de un 20%, independientemente de si tienes más ingresos o nómina/pensión por otra parte. Por lo tanto interesa cada producto para una etapa y priorizar el PP cuando tienes poca "nómina", no cuando tengas una buena pensión a la que sumar tu PP.

2. Es posible que si cuando acabes el paro cobras la ayuda de mayores de 52 años sin trabajo ya cotices por el salario mínimo sin pagar tu un €. Eso es una gran ventaja respecto a una persona que para de trabajar por deseo propio y no puede optar ni a paro ni a ayudas de ese tipo. Míralo porqué hablamos de convenio e igual no te hace falta.

3. Por experiencia, en general, pagar de tu bolsillo un extra para cotizar al máximo no compensa, o lo hace a edades que seguramente ya no vas a disfrutar la inversión y creando hoy mismo una cartera indexada con ese dimero va a superar los retornos previstos por la SS (que no olvidemos que pueden recortar cuando quieran). En cambio pagar el mínimo sí te va a favorecer mucho, continuas hablando de los 67, si cotizas no vas a jubilarte a los 67, lo vas a hacer con 65 porqué pasarás de los 38 años y medio cotizados que pediran por ello en 2027. Dices que tienes 30 años cotizados, si ahora cotizas pagando tu o por ayudas desde 56 a 65 te vas a 39-40 años cotizados y te jubilas con 65 años! y además tienes que vivir de tu bolsillo dos años menos, la cosa cambia mucho! Y si, te haran la media de los últimos 25 años cotizados, pero la cosa se diluye si lo hacen desde los 65 y si además aún estás cotizando el máximo ahora con el paro. Como siempre, lo mejor la calculadora de la SS.

Saludos

urano2021
Mensajes: 158
Registrado: Mié Ago 04, 2021 21:11

Re: El interés compuesto realmente es para tanto? Datos inside

Mensaje por urano2021 » Lun Dic 06, 2021 18:35

Boglemari_66 escribió:
Sab Dic 04, 2021 00:17
urano2021 escribió:
Mar Nov 30, 2021 11:19

Por lo tanto lo que ya tengo "invertido" ha venido de herencia por así decirlo, el piso modesto alquilado fue de mis padres y las acciones de Iberdrola las tengo también de la previsión de mis padres que durante mi niñez y adolescencia me fueron comprando.Empezaron en1983 cuando valía la acción 0.25 euros.
Un humilde consejo a @urano2021 y a todxs los que tengáis acciones: Deshaceos de ellas cuanto antes. Ni desde el punto de vista de rentabilidad/riesgo, ni de liquidez, ni de costes son comparables a un buen fondo pasivo indexado de bajo coste. Si tus padres hubieran invertido ese mismo capital en un MSCI World de la época (que no era posible), seguro que duplicaría o triplicaría el valor de tus acciones hoy.

Yo tuve acciones de Iberdrola, Repsol, BBVA, etc. (los blue chips de los 90) y doy gracias todos los días por haberme deshecho de ellas. Creo que muchos de nosotros empezamos en el mundo de la inversión con acciones, para pasar luego a los fondos de inversión, de ahí a los indexados y finalmente a los indexados de bajo coste (Vanguard a ser posible, jie, jie).

Este artículo explica por qué deshacerse de las acciones en pérdidas, pero creo que es válido para todas las acciones:
https://www.ing.es/inversion/acciones-c ... 2-na-btn_2
Gracias por el consejo....estuve pensando hace 1 año más o menos venderlas(Iberdrola) pero luego me eché para atrás. El tema es que las compré a 0,24 euros....y la verdad es que me dan bueno dividendos. De hecho, el nuevo plan estratégico de la compañía prevé multiplicar los dividendos una barbaridad. También se supone que la electricidad va a ser un motor importante en los próximos lustros...
Además venderlas con el tajazo de Hacienda para meterlas a estas alturas en un indexado? Para eso estoy intentando convertir en líquido una garaje heredado...pero llevo 4 meses con el anuncio y nada...tampoco tengo prisa claro.

Responder
  • Similar Topics
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje