Buenas tardes.
Quería preguntar si alguien tiene alguna opinión sobre la Mutualidad de la Abogacía, ya sea como plan de pensiones o como SIALP.
El enlace del informe anual de 2021 es el siguiente:
https://www.mutualidadabogacia.com/wp-c ... 2021-1.pdf
Si no me equivoco, invierte como un 75-80% en renta fija y el resto en renta variable e inmuebles.
Tabla de rentabilidades extraída del informe anual (la rentabilidad es la primera columna, el IPC la segunda y la rentabilidad neta de IPC la tercera):
AÑO
Rentabilidad del
Plan Universal, Plan
Junior y
Plan Ahorro 5 para
los mutualistas*
IPC Rentabilidad real
2005 5,81% 3,70% 2,11%
2006 6,35% 2,70% 3,65%
2007 6,44% 4,00% 2,44%
2008 5,72% 1,40% 4,32%
2009 5,31% 0,80% 4,51%
2010 5,15% 3,00% 2,15%
2011 4,70% 2,40% 2,30%
2012 5,15% 2,90% 2,25%
2013 5,30% 0,30% 5,00%
2014 5,22% (1,00%) 6,22%
2015 5,20% 0,00% 5,20%
2016 5,06% 1,60% 3,46%
2017 4,65% 1,10% 3,55%
2018 4,30% 1,10% 3,10%
2019 3,78% 0,80% 2,98%
2020 3,32% (0,50%) 3,82%
2021 3,34% 6,50% (3,16%)
Promedio 4,79% 1,61% 3,60%
Muchas gracias y un saludo.
Mutualidad de la Abogacía
Mutualidad de la Abogacía
Última edición por cscs el Sab Mar 11, 2023 11:27, editado 4 veces en total.
Re: Mutualidad de la Abogacía
Podrías dar alguna referencia, información, etc.
Sería más útil ver alguna información comercial sobre el producto en concreto, las rentabilidades pasadas son simplemente un número. De todas maneras ¿por qué te lo planteas cuando ya hay muy buenas opciones con muy bajas comisiones? Esta aseguradora no va hacerlo mejor que el mercado y muy probablemente sean productos más caros que los indexados. [mention]cscs[/mention]
Sobre la empresa en concreto, yo solo he escuchado de un compañero de trabajo malos comentarios por la falta de transparencia y dificultades para darte información sobre lo que ya tienes contratado.
Sería más útil ver alguna información comercial sobre el producto en concreto, las rentabilidades pasadas son simplemente un número. De todas maneras ¿por qué te lo planteas cuando ya hay muy buenas opciones con muy bajas comisiones? Esta aseguradora no va hacerlo mejor que el mercado y muy probablemente sean productos más caros que los indexados. [mention]cscs[/mention]
Sobre la empresa en concreto, yo solo he escuchado de un compañero de trabajo malos comentarios por la falta de transparencia y dificultades para darte información sobre lo que ya tienes contratado.
Última edición por crisau el Dom Mar 12, 2023 02:13, editado 4 veces en total.
Puedes mostrar tu agradecimiento aquí: https://ko-fi.com/crisau
Re: Mutualidad de la Abogacía
Buenas, compañero:
Soy abogado, no trabajo para la Mutualidad que conste, y pasé por tus mismas dudas que ojalá alguien hubiese resuelto jeje Te cuento hasta donde conozco por si te puedo ayudar:
1.- En cualquier producto de la Mutualidad actualmente tienes sobre un 4,10% de rentabilidad y 0,50% de costes.
Igualmente, en cualquier producto inviertes en cuanto a activos, aproximadamente, un 7,8% en RV; 75% en RF; 11% en tesorería y un 6,44% en inmuebles.
Y toda cantidad, a priori, la tienes asegurada (muy bajo riesgo) y con seguro de fallecimiento.
2.- Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior, lo importante creo es la elección del tipo de producto en función de tu perfil, necesidades, horizontes, etc.:
a) El plan de pensiones, pues tienes como en todos esos 1.500€ deducibles y no puedes recuperar el dinero hasta tu jubilación (liquidez cero). Luego tienes un sistema profesional en los que puedes deducirte más de 10.000€ y otro producto sobre 4.000€ que no tiene nada que ver con el plan de pensiones personal (liquidez cero en ambos). Pero ten en cuenta los % que te decía en cuanto a inversión de activos, estás condicionado a ello.
b) Sobre el SIALP pues todo igual en cuanto activos, aquí tienes más liquidez pero tienes que esperar 5 años para no tributar por rentabilidad ingresada. Si por lo que sea necesitas el dinero puedes retirarlo pero te penalizan.
c) Luego tienes un sistema de ahorro flexible, todo igual en cuanto a activos, pero sí tributas por intereses y tienes que estar al menos 3 años sin retirar el dinero o te penalizan (primer año penalización mayor, segundo año menor y tercero penalización aún menor).
Dime si te resulta de ayuda o si tienes alguna duda, un saludo compañero.
Un saludo
Soy abogado, no trabajo para la Mutualidad que conste, y pasé por tus mismas dudas que ojalá alguien hubiese resuelto jeje Te cuento hasta donde conozco por si te puedo ayudar:
1.- En cualquier producto de la Mutualidad actualmente tienes sobre un 4,10% de rentabilidad y 0,50% de costes.
Igualmente, en cualquier producto inviertes en cuanto a activos, aproximadamente, un 7,8% en RV; 75% en RF; 11% en tesorería y un 6,44% en inmuebles.
Y toda cantidad, a priori, la tienes asegurada (muy bajo riesgo) y con seguro de fallecimiento.
2.- Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior, lo importante creo es la elección del tipo de producto en función de tu perfil, necesidades, horizontes, etc.:
a) El plan de pensiones, pues tienes como en todos esos 1.500€ deducibles y no puedes recuperar el dinero hasta tu jubilación (liquidez cero). Luego tienes un sistema profesional en los que puedes deducirte más de 10.000€ y otro producto sobre 4.000€ que no tiene nada que ver con el plan de pensiones personal (liquidez cero en ambos). Pero ten en cuenta los % que te decía en cuanto a inversión de activos, estás condicionado a ello.
b) Sobre el SIALP pues todo igual en cuanto activos, aquí tienes más liquidez pero tienes que esperar 5 años para no tributar por rentabilidad ingresada. Si por lo que sea necesitas el dinero puedes retirarlo pero te penalizan.
c) Luego tienes un sistema de ahorro flexible, todo igual en cuanto a activos, pero sí tributas por intereses y tienes que estar al menos 3 años sin retirar el dinero o te penalizan (primer año penalización mayor, segundo año menor y tercero penalización aún menor).
Dime si te resulta de ayuda o si tienes alguna duda, un saludo compañero.
Un saludo
- kakadeluxe
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- Registrado: Vie Feb 22, 2019 11:26
Re: Mutualidad de la Abogacía
Le he echado una ojeada, leches, si tiene más paja que paja. No consigo dar con el resumen.cscs escribió: ↑Vie Mar 10, 2023 23:49 Buenas tardes.
Quería preguntar si alguien tiene alguna opinión sobre la Mutualidad de la Abogacía, ya sea como plan de pensiones o como SIALP.
El enlace del informe anual de 2021 es el siguiente:
https://www.mutualidadabogacia.com/wp-c ... 2021-1.pdf
.....
Léete el tocho y dinos en qué páginas están resumidos las inversiones, rentabilidades y, sobre todo, las comisiones de Plan Universal, Plan Junior y
Plan Ahorro 5 para los mutualistas.
"El interés compuesto, la octava maravilla del mundo", Mayer Amschel Rothschild.
Tu Dinero * (1 + i)↑n
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Re: Mutualidad de la Abogacía
Gracias a todos por las respuestas. [mention]crisau[/mention] me lo planteo para invertir parte de la cartera asignada a renta fija. Como dice [mention]Ele[/mention] , la mayoría de la cartera de la Mutualidad está en renta fija. Además, diría que tiene alguna especialidad contable que todavía no acabo de entender bien que reduce o mitiga el riesgo de tipo de interés, aunque ya digo que estoy intentando estudiarme la documentación para entenderlo bien, porque no acabo de comprenderlo del todo (sospecho que tiene algo que ver con que la Mutualidad puede prever los pagos de pensiones y cuadrarlos por tanto con los vencimientos de la renta fija).
Los gastos parece que son razonables (por lo que veo en la web, 0,5% el SIALP y 0,21% el plan universal -jubilación-) y tiene ventajas fiscales:
- Para la jubilación es como si fuera un plan de pensiones, pero para autónomos que lo utilicen como sustituto de la Seguridad Social el límite a aportar que reduce la base imponible es mucho más alto (16.766,72 euros frente a los 1.500 euros anuales de los PP).
- En su versión SIALP, con un límite de aportación de 5.000 euros al año, los rendimientos están exentos de impuestos siempre que se rescate a partir del 5º año.
Aquí puede encontrarse la información comercial, aunque creo que la información no es muy completa, por eso enlazaba en mi mensaje el informe anual.
https://www.mutualidadabogacia.com/prod ... universal/
https://www.mutualidadabogacia.com/prod ... -ahorro-5/
El plan universal tiene costes más bajos que los PP indexados y el límite de aportación puede ser muy superior si eres abogado por cuenta propia. El SIALP tiene costes algo más altos que los fondos indexados pero a cambio tiene la ventaja fiscal de la exención de toda la rentabilidad y la eliminación/mitigación (pendiente de confirmar cuando consiga entenderlo) del riesgo de tipo de interés.
Gracias a todos y un saludo.
Edito para añadir lo siguiente:
- Al SIALP le asignan un riesgo 1 sobre 6 y tiene el 100% de las aportaciones garantizadas a vencimiento. Más que una alternativa a la renta fija, empiezo a ver el plan ahorro 5 como una alternativa a un depósito pero con una rentabilidad algo más alta (y sin garantía del FGD, claro). Puedes rescatar cuando quieras a partir del primer año (con ligeras penalizaciones que son inferiores a la rentabilidad durante los 2 siguientes años), así que es líquido una vez transcurrido un año y te garantizan el 100% del capital.
- Además de los gastos de gestión, diría que hay otro "gasto". El reglamento dice que se asigna a los mutualistas el 90% de la rentabilidad anual. Sobre el 10% restante, el reglamento dice lo siguiente, que la verdad es que no es muy concreto: "La Junta de Gobierno de la Mutualidad distribuirá anualmente el 10 % de la rentabilidad no asignada en el Plan Ahorro 5, una vez detraída la partida que sea actuarialmente necesaria en cada ejercicio para dotar los fondos propios de solvencia de la Entidad, a mejorar las prestaciones, bien por incremento de las mismas o por cualquier otra medida que se estime beneficiosa para los mutualistas y beneficiarios, dentro de su objeto social y de los fines que persigue la Mutualidad."
Conclusiones provisionales que saco hasta ahora:
- El plan universal puede ser atractivo para abogados que sean autónomos y opten por la mutualidad como alternativa a la seguridad social, pues los gastos son razonables y tributan como los PP hasta 16k al año, lo cual puede hacer que sea interesante invertir parte de la cartera de renta fija para la jubilación aquí en lugar de en fondos indexados.
- El plan ahorro 5 (SIALP) puede estudiarse como alternativa a un depósito, teniendo en cuenta siempre que no hay garantía del FGD.
No sé qué opináis al respecto.
Un abrazo.
Los gastos parece que son razonables (por lo que veo en la web, 0,5% el SIALP y 0,21% el plan universal -jubilación-) y tiene ventajas fiscales:
- Para la jubilación es como si fuera un plan de pensiones, pero para autónomos que lo utilicen como sustituto de la Seguridad Social el límite a aportar que reduce la base imponible es mucho más alto (16.766,72 euros frente a los 1.500 euros anuales de los PP).
- En su versión SIALP, con un límite de aportación de 5.000 euros al año, los rendimientos están exentos de impuestos siempre que se rescate a partir del 5º año.
Aquí puede encontrarse la información comercial, aunque creo que la información no es muy completa, por eso enlazaba en mi mensaje el informe anual.
https://www.mutualidadabogacia.com/prod ... universal/
https://www.mutualidadabogacia.com/prod ... -ahorro-5/
El plan universal tiene costes más bajos que los PP indexados y el límite de aportación puede ser muy superior si eres abogado por cuenta propia. El SIALP tiene costes algo más altos que los fondos indexados pero a cambio tiene la ventaja fiscal de la exención de toda la rentabilidad y la eliminación/mitigación (pendiente de confirmar cuando consiga entenderlo) del riesgo de tipo de interés.
Gracias a todos y un saludo.
Edito para añadir lo siguiente:
- Al SIALP le asignan un riesgo 1 sobre 6 y tiene el 100% de las aportaciones garantizadas a vencimiento. Más que una alternativa a la renta fija, empiezo a ver el plan ahorro 5 como una alternativa a un depósito pero con una rentabilidad algo más alta (y sin garantía del FGD, claro). Puedes rescatar cuando quieras a partir del primer año (con ligeras penalizaciones que son inferiores a la rentabilidad durante los 2 siguientes años), así que es líquido una vez transcurrido un año y te garantizan el 100% del capital.
- Además de los gastos de gestión, diría que hay otro "gasto". El reglamento dice que se asigna a los mutualistas el 90% de la rentabilidad anual. Sobre el 10% restante, el reglamento dice lo siguiente, que la verdad es que no es muy concreto: "La Junta de Gobierno de la Mutualidad distribuirá anualmente el 10 % de la rentabilidad no asignada en el Plan Ahorro 5, una vez detraída la partida que sea actuarialmente necesaria en cada ejercicio para dotar los fondos propios de solvencia de la Entidad, a mejorar las prestaciones, bien por incremento de las mismas o por cualquier otra medida que se estime beneficiosa para los mutualistas y beneficiarios, dentro de su objeto social y de los fines que persigue la Mutualidad."
Conclusiones provisionales que saco hasta ahora:
- El plan universal puede ser atractivo para abogados que sean autónomos y opten por la mutualidad como alternativa a la seguridad social, pues los gastos son razonables y tributan como los PP hasta 16k al año, lo cual puede hacer que sea interesante invertir parte de la cartera de renta fija para la jubilación aquí en lugar de en fondos indexados.
- El plan ahorro 5 (SIALP) puede estudiarse como alternativa a un depósito, teniendo en cuenta siempre que no hay garantía del FGD.
No sé qué opináis al respecto.
Un abrazo.
Re: Mutualidad de la Abogacía
Buenas tardes. Tanto el seguro vida ahorro (Sva) como el plan 5 (sialp) los veo como buenas opciones para el que quiera sacar una rentabilidad a su dinero con bajo riesgo. Más o menos entre un 3,2 % a un 4,5% anual debería otorgar de rentabilidad en un horizonte temporal de 5 años (de acuerdo a sus datos históricos). Las inversiones tanto del plan universal como del plan 5 están prácticamente en su totalidad en renta fija ( tanto de empresas como de gobiernos). Esta información la podéis consultar en su informe anual de 2022, pág 85 y siguientes.
Respecto al ratio de solvencia, en 2022 fue el 152% (en 2021 era del 213%). Parece que es un ratio más que suficiente para estar tranquilo.
Ambos informes los podéis consultar aquí: https://www.mutualidadabogacia.com/memorias-e-informes/
En sus fichas detallada se dice:
- SVA: El Sistema de Ahorro Flexible (SVA) es un seguro de vida y ahorro dirigido a los mutualistas que desean ahorrar y obtener una rentabilidad equivalente al 90% de la obtenida por la Mutualidad en los activos afectos, garantizando en todo caso al vencimiento la suma de las aportaciones realizadas neta de gastos y costes de las coberturas de riesgo, disfrutando de un plan que permite absoluta flexibilidad: en la contratación de coberturas, en la cuantía de las aportaciones y en la forma de cobro de la prestación.
- AHORRO 5 (SIALP): El Plan de Ahorro 5 es un seguro de vida y ahorro dirigido a los mutualistas que desean ahorrar y obtener una rentabilidad equivalente al 90% de la obtenida por la Mutualidad en los activos afectos, garantizando en todo caso al vencimiento la suma de las aportaciones realizadas libre de impuestos mediante la realización de aportaciones que no superen la cuantía de 5.000 euros anuales. La prestación se percibe como un capital único.
Parece que ambos planes "garantizan" al menos las aportaciones de los mutualistas (habría que descontar del SVA el coste de las coberturas de riesgo, pero si solamente aportas el mínimo de vida es muy muy bajito).
Me gustaría saber vuestra opinión acerca de los riesgos. En el hipotético e improbable caso de que fueran muy mal las cosas y quebrara la mutualidad, los ahorros de los mutualistas estarían cubiertos? Se que no hay FGD, pero no sé si en ese caso intervendrían las autoridades o el consorcio para cubrir al menos las aportaciones de los mutualistas. Se cubriría con fondos propios? Entiendo que no alcanzaría y tendría que liquidar activos de todo tipo y el remanente ya verían como lo pagarían (supongo). Aunque sea poco probable me gustaría saber vuestra opinión y si lo veis más o menos seguro que un depósito bancario (tengo mis dudas de si el FGD no es menos sólido que las exigencias que se hacen a las aseguradoras para poder operar, que son muy altas, incluso si no tengo mal entendido las poquitas veces que ha ocurrido siempre el consorcio ha cubierto el 100% del importe a los inversores/asegurados)
Muchas gracias por vuestras aportaciones
Respecto al ratio de solvencia, en 2022 fue el 152% (en 2021 era del 213%). Parece que es un ratio más que suficiente para estar tranquilo.
Ambos informes los podéis consultar aquí: https://www.mutualidadabogacia.com/memorias-e-informes/
En sus fichas detallada se dice:
- SVA: El Sistema de Ahorro Flexible (SVA) es un seguro de vida y ahorro dirigido a los mutualistas que desean ahorrar y obtener una rentabilidad equivalente al 90% de la obtenida por la Mutualidad en los activos afectos, garantizando en todo caso al vencimiento la suma de las aportaciones realizadas neta de gastos y costes de las coberturas de riesgo, disfrutando de un plan que permite absoluta flexibilidad: en la contratación de coberturas, en la cuantía de las aportaciones y en la forma de cobro de la prestación.
- AHORRO 5 (SIALP): El Plan de Ahorro 5 es un seguro de vida y ahorro dirigido a los mutualistas que desean ahorrar y obtener una rentabilidad equivalente al 90% de la obtenida por la Mutualidad en los activos afectos, garantizando en todo caso al vencimiento la suma de las aportaciones realizadas libre de impuestos mediante la realización de aportaciones que no superen la cuantía de 5.000 euros anuales. La prestación se percibe como un capital único.
Parece que ambos planes "garantizan" al menos las aportaciones de los mutualistas (habría que descontar del SVA el coste de las coberturas de riesgo, pero si solamente aportas el mínimo de vida es muy muy bajito).
Me gustaría saber vuestra opinión acerca de los riesgos. En el hipotético e improbable caso de que fueran muy mal las cosas y quebrara la mutualidad, los ahorros de los mutualistas estarían cubiertos? Se que no hay FGD, pero no sé si en ese caso intervendrían las autoridades o el consorcio para cubrir al menos las aportaciones de los mutualistas. Se cubriría con fondos propios? Entiendo que no alcanzaría y tendría que liquidar activos de todo tipo y el remanente ya verían como lo pagarían (supongo). Aunque sea poco probable me gustaría saber vuestra opinión y si lo veis más o menos seguro que un depósito bancario (tengo mis dudas de si el FGD no es menos sólido que las exigencias que se hacen a las aseguradoras para poder operar, que son muy altas, incluso si no tengo mal entendido las poquitas veces que ha ocurrido siempre el consorcio ha cubierto el 100% del importe a los inversores/asegurados)
Muchas gracias por vuestras aportaciones