Fondos indexados, no residente USA - España

Preguntas y dudas sobre finanzas personales (no relacionadas con la inversión): seguros, créditos, tarjetas, alquileres, impuestos, empleo y asuntos legales relacionados.
Responder
over_hk
Mensajes: 1
Registrado: Sab Abr 30, 2022 17:53

Fondos indexados, no residente USA - España

Mensaje por over_hk » Sab Abr 30, 2022 18:09

Hola,

Les cuento mi situación fiscal para saber si alguien aquí ya ha pasado por ella o sabe cómo actuar. Actualmente acabo de mudarme a EEUU y estaré aquí varios años. Tengo un visado J1 y por el Tratado de Doble Imposición que hay con España, mis dos primeros años en EEUU soy considerado no residente fiscal aquí en USA. Sin embargo, según el Consejero de Finanzas de la Embajada de España en USA, si demuestro que vivo más de 183 días al año en EEUU, en España también soy considerado no residente fiscal (incluso sin tener un certificado de residencia fiscal de EEUU, que obviamente no tengo). Esto me deja en "tierra de nadie" fiscalmente, porque en EEUU solo pago por ingresos estadounidenses y en España solo tengo que hacer el IRNR por bienes españoles.

Bien, el punto es que ahora mismo tengo en España fondos indexados mediante roboadvisors (Indexa Capital) y una cartera de gestión activa (Renta4). Mi duda es qué sucede con ellos, pues no tenía pensado retirarlos en el corto plazo. Sin embargo, al no ser residente fiscal en España, tampoco estoy exento al transferir fondos, lo que puede ser un problema especialmente en los roboadvisors (Indexa) si hacen balanceos, o cuando modifico mi cartera en Renta4. He leído en foros que no se aplica esta ventaja fiscal en los traspasos a no residentes; pero es que si no soy residente fiscal en ningún lugar, entiendo que estoy exento de tributar por las ganancias pérdidas de los fondos, entonces a efectos parece que estoy en la misma.

Tampoco tengo muy claro cuándo tengo que avisar a los bancos de mi nueva situación fiscal (realmente hasta finales de 2022 pueden pasar muchas cosas y nunca se sabe, por ejemplo me pueden despedir y tendré que regresar a España y no pasar fuera más de 183 días). Por eso mismo, no sé si puedo seguir operando con ellos como si nada hasta finales de 2022.

Les agradezco cualquier información que me puedan dar al respecto...

Muchas gracias!

JGG
Mensajes: 162
Registrado: Jue Dic 17, 2020 16:23

Re: Fondos indexados, no residente USA - España

Mensaje por JGG » Mar May 03, 2022 04:57

Si las cosas no han cambiado en los últimos 20 años, entonces son como dice el Consejero de Finanzas de la Embajada de España en USA que mencionas.

Fiscalmente, es una situación increíblemente favorable la que te da el visado J1, pues no pagas impuestos sobre las rentas del trabajo para el que te han dado el visado J1 en USA, que es el país en el que trabajas y resides. Y obviamente tampoco en España tienes las obligaciones fiscales que deriven de tener la residencia fiscal en España, porque no eres residente fiscal en España (podrás tener otras obligaciones fiscales que no tengan que ver con la residencia fiscal, no sé, el IBI de algún inmueble, o eso otro que comentas del IRNR, pero no por tus rentas del trabajo en Estados Unidos ni por otras obligaciones que se tengan ahí donde tengas la residencia fiscal y no en otro sitio).

Como dices, con un visado J1 es casi como si no tuvieras residencia fiscal en ningún país, salvo para rentas que no sean las del trabajo por el que te han dado el visado J1.

Al visado J1 lo llaman “de estudiante” (en inglés) porque ahí llaman “students” a los que trabajan en la investigación científica o similares sin estar en “tenure track” (es decir, en el camino reglado para una plaza permanente en propiedad), aunque tengan sueldos de 70.000 dólares al año con dicho visado J1 de “student”.

Lo de la cartera que tienes en un roboadvisor y la otra cartera en gestión activa es un problema, porque ahí entiendo que la obligación que tienes es de tributar donde eres residente fiscal, o sea, en EE.UU. y efectivamente los traspasos entre fondos tributarían en EE.UU. Pero el problema quizá sería más lioso aún que eso, pues los fondos que tienes en Indexa y Renta 4 no cumplen las reglas fiscales que deben cumplir los fondos estadounidenses de distribuir anualmente a los partícipes el dinero por el que esos partícipes deben tributar individualmente.

No sé cuál podría ser la solución a ese problema (si lo supiera, sería yo asesor fiscal, que por cierto en EE.UU. acude a los asesores fiscales mucha gente que tiene ingresos medios, gente que en España no tendría un asesor fiscal).

Como digo, no sé cuál podría ser la solución, lo que sí creo es que probablemente debe de haber normas para hacer la vida más fácil en casos como el tuyo: excepciones a ciertas obligaciones si el dinero en España no es mucho, o el visado es un J1, cosas así, ¡pero esto me lo estoy inventando, no lo sé!, solo digo que creo que debe ser así (la agencia tributaria estadounidense tiene una actitud con el contribuyente medio diferente a la de la agencia tributaria española... en caso de situaciones complicadas, como la tuya que cuentas, si el dinero no es mucho, mi corta experiencia es que hacen lo más favorable para el contribuyente sin darle más vueltas ni complicarse la vida... pero tampoco hay que confiar en eso claro... en fin, que después de los larguísimos párrafos que acabo de escribir, el resumen es que no sé cuál es la solución a lo que planteas).

Responder
  • Similar Topics
    Respuestas
    Vistas
    Último mensaje