Estimados Srs:
Tengo una pregunta un tanto peculiar a la que no encuentro respuesta ni en la normativa del modelo 720, ni en foros ni en cualquier lugar de internet.
Si ya vengo presentando el modelo 720 anteriormente, cierro todas las cuentas del extranjero y presento el 720 por dicho motivo con saldos 0€ a 31dic y saldo medio 4º trimestre. Tras por ejemplo 3 años abro una cuenta en el extranjero con 30k. ¿Existe obligación de presentar el modelo 720?
¿Sigo con el límite de incremento de más de 20k (desde cero en este caso) o al tenerlo todo cerrado de antes se aplica el límite de 50k inicial?
Muchas gracias.
Saludos.
Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
Re: Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
Lo que tengo entendido es que si cancelas alguna cuenta declarada anteriormente, hay que indicar el saldo en la fecha de cancelación, no a 31 de diciembre ni el saldo medio. Si a final de año sigues teniendo cuentas abiertas pero el saldo total (y el saldo medio) no supera en 20K el valor de la última declaración presentada, no hace falta declararlas y el límite para volver a declarar no cambia.
Por lo tanto, si cierras todas las cuentas, yo creo que debes declarar los saldos en las fechas de cancelación y el límite para la próxima declaración será 20K + el saldo a 31 de diciembre (o el saldo medio) de la última declaración completa.
Saludos
Re: Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
Muchas gracias por su respuesta.
Así lo entiendo yo. Si cierro todas las cuentas del extranjero, aunque ponga el saldo en la fecha de cancelación, el 31dic todo está a 0€ y el límite parte de ahí.
Así y volviendo a la pregunta inicial, el límite sigue siendo incrementos mayores a 20k respecto de la última declaración que en este caso es 0€.
Todo viene al caso porque en otro foro, alguien dijo que si se cancelan todas las cuentas, la persona sale del sistema del modelo 720 y el límite vuelve a 50k. Yo le dije que no, que el límite de incremento de 20k es perpetuo y que lo que sale del sistema al poner "C" es el registro, no la persona, incluso aunque se cancelen todas las cuentas. No hay ninguna normativa ni "pregunta frecuente" de la AEAT que hable de reseteo del límite a 50k y que aunque puede parecer lógico no se puede dar por sentado que el límite vuelva a 50k.
Así lo entiendo yo. Si cierro todas las cuentas del extranjero, aunque ponga el saldo en la fecha de cancelación, el 31dic todo está a 0€ y el límite parte de ahí.
Así y volviendo a la pregunta inicial, el límite sigue siendo incrementos mayores a 20k respecto de la última declaración que en este caso es 0€.
Todo viene al caso porque en otro foro, alguien dijo que si se cancelan todas las cuentas, la persona sale del sistema del modelo 720 y el límite vuelve a 50k. Yo le dije que no, que el límite de incremento de 20k es perpetuo y que lo que sale del sistema al poner "C" es el registro, no la persona, incluso aunque se cancelen todas las cuentas. No hay ninguna normativa ni "pregunta frecuente" de la AEAT que hable de reseteo del límite a 50k y que aunque puede parecer lógico no se puede dar por sentado que el límite vuelva a 50k.
Re: Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
No estoy de acuerdo. Por ejemplo, si el año pasado declaraste 2 cuentas con 30K cada una, 60K en total, el límite para volver a declarar es de 80K. Si este año has cerrado una mientras que en la otra sigues teniendo 30K, y has abierto una nueva cuenta con 10K, tienes que presentar el 720 declarando solo la que has cerrado (indicando el valor en la fecha de cancelación) y el límite sigue siendo de 80K. Si cierras una cuenta declarada anteriormente, tienes que declararlo aunque no hayas llegado al límite para volver a hacer la declaración completa.wyxchari escribió: ↑Mié Abr 10, 2024 06:59 Muchas gracias por su respuesta.
Así lo entiendo yo. Si cierro todas las cuentas del extranjero, aunque ponga el saldo en la fecha de cancelación, el 31dic todo está a 0€ y el límite parte de ahí.
Así y volviendo a la pregunta inicial, el límite sigue siendo incrementos mayores a 20k respecto de la última declaración que en este caso es 0€.
Todo viene al caso porque en otro foro, alguien dijo que si se cancelan todas las cuentas, la persona sale del sistema del modelo 720 y el límite vuelve a 50k. Yo le dije que no, que el límite de incremento de 20k es perpetuo y que lo que sale del sistema al poner "C" es el registro, no la persona, incluso aunque se cancelen todas las cuentas. No hay ninguna normativa ni "pregunta frecuente" de la AEAT que hable de reseteo del límite a 50k y que aunque puede parecer lógico no se puede dar por sentado que el límite vuelva a 50k.
Si el año siguiente cierras las 2 cuentas que te quedan, vuelves a presentar el modelo declarando solo la cancelación de la cuenta que habías declarado anteriormente, sin indicar el saldo total a 31 de diciembre (podrías haber abierto otra cuenta, o no, eso Hacienda no lo sabe). Yo interpreto que el límite sigue siendo de 80K, ya que yo también creo que el incremento de 20K es perpetuo. Pero también se puede volver a presentar el modelo al llegar otra vez a 50K por si acaso Hacienda tiene otro criterio.
Re: Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
Muchas gracias. Cada persona lo interpreta de un modo.Si el año pasado declaraste 2 cuentas con 30K cada una, 60K en total, el límite para volver a declarar es de 80K.
Si este año has cerrado una mientras que en la otra sigues teniendo 30K, y has abierto una nueva cuenta con 10K (total 40k), tienes que presentar el 720 declarando solo la que has cerrado (se declaran todas siempre) (indicando el valor en la fecha de cancelación) y el límite sigue siendo de 80K (el límite sería 60k). Si cierras una cuenta declarada anteriormente, tienes que declararlo aunque no hayas llegado al límite para volver a hacer la declaración completa.
Si el año siguiente cierras las 2 cuentas que te quedan, vuelves a presentar el modelo declarando solo la cancelación de la cuenta que habías declarado anteriormente, sin indicar el saldo total a 31 de diciembre (podrías haber abierto otra cuenta, o no, eso Hacienda no lo sabe).
Yo interpreto que el límite sigue siendo de 80K (60k en tu opinión o 0€ en la mía), ya que yo también creo que el incremento de 20K es perpetuo. Pero también se puede volver a presentar el modelo al llegar otra vez a 50K por si acaso Hacienda tiene otro criterio.
Haciendo lo más restrictivo nunca se falla. Si se presenta sin estar obligado por pensar que el límite es inferior, no pasa nada.
Re: Modelo 720 Límite tras cerrar todas las cuentas ¿20k o 50k?
Me parece que estás equivocado, no se declaran todas las cuentas siempre. He hecho una búsqueda rápida y he encontrado esta respuesta a una consulta en el blog de Javier Ullastres:
(Lo puedes encontrar si buscas en la parte inferior de la página)
jullastres.es dijo:
enero 30, 2019 en 5:33 pm
(...)
Las cuentas aunque esten a 0 se declaran o cuando hay aumentos del total de cuentas de mas de 20.000 y se declaran todas las cuentas, o cuando se cancela y en este caso si no hay aumento solo se declara la cuenta cancelada.
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