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Deducción comisión de custodia: rebajando expectativas

Publicado: Mié Oct 30, 2019 09:48
por dullinvestor
Copio y pego por aquí algunas aclaraciones que sobre la deducción de la comisión de custodia escribí en Rankia, ya que creo que se está sobre-estimando su efecto:
Me temo que la posible futura deducción de la comisión de custodia en la declaración de la Renta, no va a tener el efecto "anulador de comisiones" que se está asumiendo. En la noticia que reveló este tema, ya se decía claramente que sería una 'deducción en la base' (no en la cuota):
"Los inversores de fondos que paguen comisiones por órdenes de compraventa y custodia de fondos sin que medie contrato de asesoramiento con su entidad financiera podrán deducirse el coste en su factura fiscal. Es decir, rebajar la base imponible en la declaración de la renta."

Si las comisiones se restan de la base del ahorro (tal como hoy en día se restan los gastos de administración y depósito de las cuentas de valores) dicha deducción lo que estaría consiguiendo es reducir nuestras comisiones en el porcentaje de tributación de las rentas del ahorro (normalmente el 19%), no eliminarlas al 100%.

A ver si con un ejemplo me explico mejor: supongamos que hemos tenido unas comisiones de custodia de 30€, y que nuestros rendimientos mobiliarios (¡ojo! NO las pérdidas y ganancias) son de 100€.
Tributación actual: 100*19%= 19€
Tributación futura: (100-30)*19%= 13,30€
Ahorro en nuestra factura fiscal: 19-13,30= 5,70€
Que coincide con el 19% de la comisión 30€: 30*19%= 5,70€
Como se puede ver, el que la comisión sea deducible no supone que vayamos a pagar 30€ menos en la declaración de la renta, sino que solamente reduciríamos la comisión en el % por el que tributemos en la base del ahorro.

Y la cosa todavía puede ser peor, ya que si tus rendimientos son inferiores a dicha comisión (situación nada rara para inversores en fondos, y con las pírricas retribuciones de las cuentas/depósitos), ni siquiera te reducirás ese 19%. Si en el ejemplo anterior damos la vuelta a las cifras, es decir, si la comisión de custodia es 100€, y los rendimientos mobiliarios son de 30€, éstos serían los números:
Tributación actual: 30*19%= 5,70€
Tributación futura: (30-100)*19%= 0€ (la base liquidable no puede ser negativa)
Ahorro en nuestra factura fiscal: 5,70-0= 5,70€
Es decir, de los 100€ de comisión, en la declaración de la renta sólo "nos devuelven" 5,70€ -> 5,70% de la comisión soportada.
Por último, en el caso extremo de que nuestra base del ahorro sea cero, por ejemplo porque ese año hemos aflorado pérdidas que superan los rendimientos mobiliarios, no recuperaríamos absolutamente nada de la comisión de custodia.

También hay que destacar que aflorar plusvalías no es la forma adecuada de tener rendimientos positivos con los que compensar la comisión de custodia:
esos gastos de custodia en realidad se restan directamente de los rendimientos mobiliarios (intereses, dividendos,...), y en caso de que el resultado sea negativo, tan sólo se puede compensar con el resultado de las pérdidas y ganancias hasta un máximo del 25% de dichas ganancias. Si tras dicha compensación aún quedase saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes.

Re: Deducción comisión de custodia: rebajando expectativas

Publicado: Mié Oct 30, 2019 20:03
por DragonAge
Dejando de lado que sigue siendo un coste, compensará la tributación de ciertos rendimientos mobiliarios que podamos tener, en el caso de la cartera permanente por ejemplo si cobramos algo de cupón del bono alemán podremos anular parte de su tributación del 19% que no nos habrán retenido en el broker. Algo es algo que dijo un calvo, la cuestión es hasta cuando existiran opciones para no pagar custodia en fondos clean, tarde o temprano la cobraran en todos me temo. Muchas gracias por la explicación, se entiende muy bien ;)

Re: Deducción comisión de custodia: rebajando expectativas

Publicado: Sab Nov 02, 2019 07:04
por thebay
Muchas gracias @dullinvestor por tu excelente explicación.