Venta/rembolso de un Fondo de Inversión - Fiscalidad
Publicado: Mar Dic 19, 2023 17:45
Las acciones y ETF cuando se venden con plusvalías, al año siguiente hay que insertar/confirmar estos beneficios en la común declaración de la renta. Hacienda hace los cálculos oportunos y te retira de tu cuenta bancaria el efectivo correspondiente al impuesto %. Creo que hacienda tiene un plazo de 4/5 años para cobrar ese impuesto antes de que prescriba, ¿correcto?.
Pero, los fondos de inversión en España, funcionan de otra manera. ¿Lo he entendido bien? Metes dinero en un fondo, puedes traspasarlo con beneficios a otro fondo sin pagar impuestos. Seguir metiendo dinero en el fondo y traspasarlo a otros fondos sin pagar impuestos. Hasta que decidas liquidar/vender el fondo de inversión y recoger plusvalías con el efectivo resultante. Entonces recibes en tu cuenta el "efectivo menos los impuestos" (ya calculados por el sistema en la operación de venta).
Así que no tienes que declarar estos beneficios al año siguiente porque hacienda ya te ha cobrado automáticamente sus impuestos al vender el fondo. ¿Es correcto? ¿Alguna aclaración? ¿Experiencias?
Pero, los fondos de inversión en España, funcionan de otra manera. ¿Lo he entendido bien? Metes dinero en un fondo, puedes traspasarlo con beneficios a otro fondo sin pagar impuestos. Seguir metiendo dinero en el fondo y traspasarlo a otros fondos sin pagar impuestos. Hasta que decidas liquidar/vender el fondo de inversión y recoger plusvalías con el efectivo resultante. Entonces recibes en tu cuenta el "efectivo menos los impuestos" (ya calculados por el sistema en la operación de venta).
Así que no tienes que declarar estos beneficios al año siguiente porque hacienda ya te ha cobrado automáticamente sus impuestos al vender el fondo. ¿Es correcto? ¿Alguna aclaración? ¿Experiencias?